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>>NACIONALESSan José, Costa Rica, Sábado 6 de diciembre de 2008, 18:26:00.


• Conductores que sean sorprendidos por el tránsito

Por piques, ebriedad y alta velocidad se irá a la cárcel

• Sanciones penales entran a regir a partir de ser aprobada la ley y no en nueve meses

Luis Miguel Herrera Castro
lherrera@prensalibre.co.cr

Los conductores que manejen en estado de ebriedad se exponen a tres o hasta seis años de cárcel.
El ámbito penal es una de las innovaciones que se introdujeron en las reformas a la Ley de Tránsito, esto quiere decir que al conductor no se le impone solo una multa sino que deberá descontar el castigo en la cárcel. Pero solo serán tres las causas para aplicar ese castigo, manejar en estado de ebriedad, participar en carreras ilegales en las carreteras y manejar a velocidades no permitidas.

Siendo así una persona que sea sorprendida en ebria deberá descontar como mínimo tres años de cárcel luego de un juicio previo, pero la condena puede llegar hasta los seis o diez años dependiendo de la gravedad del asunto.

A su vez los irresponsables que tomen las carreteras de circulación nacional y municipal para realizar carreras ilegales poniendo en peligro a las demás personas también se exponen a mínimo tres años de cárcel. Como también a los que sobrepasen los límites de velocidad y sean sorprendidos por un oficial de tránsito. Ayer el juez de tránsito y miembro de la comisión que redactó la ley de tránsito Franz Corte, explicó que en dado caso que una persona mate a otra con un vehículo y encaje en una de las tres causas mencionadas será acusado de homicidio culposo.

Tal y como explicó, este apartado de la ley tuvo gran discusión y fue uno de los más polémicos a la hora de redactar la ley. Sobre todo por la definición de cuáles temas deberían entrar en la sanción penal del caso.

Karla González, ministra de Transportes, señaló que no se trata de meter gente a la cárcel porque sí, sino que antes de tomar esa decisión y de añadir esta sanción a la ley se llevó un amplio estudio del tema.

En 15 días entra a regir

Cabe recordar que si bien es cierto el tema de la ley de tránsito y sus modificaciones entran a regir en nueve meses una vez sea aprobada ésta, el tema penal rige de inmediato cuando sea sancionada dicha ley. Es decir, los conductores que son responsables y manejan con todas las de la ley no deben preocuparse, pero los irresponsables, dijo González, deben cambiar sus conductas en la carretera de lo contrario se les aplicaría un castigo.





 



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