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>>NACIONALESSan José, Costa Rica, Martes 11 de noviembre de 2008, 10:28:58.


• Afirma la Procuraduría General de la República

JPS debe girar fondos al ICCC

• Autoridades del Instituto reclaman $4,5 millones adeudados por la entidad de beneficencia

Krissia Morris Gray
kmorris@prensalibre.co.cr

Debido a que el ICCC todavía existe, la JPS está en la obligación de girarle los recursos para su operación y funcionamiento.
La Junta de Protección Social (JPS) deberá mantener el giro de recursos al Instituto Costarricense Contra el Cáncer (ICCC) hasta que transcurran los tres años, plazo en el que se determinará el futuro de dicha instancia.

Así lo resolvió recientemente la Procuraduría General de la República (PGR) que considera que, pese a que en enero anterior la Sala Constitucional derogó la ley de creación del ICCC, esta fue muy clara al indicar que se le daba tres años a las autoridades para la redacción y aprobación de una nueva ley, pero en caso de que esto no se cumpliera, se debe realizar el traslado a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

“Puesto que es decisión de la Sala que el Instituto continuara funcionando y que no se afectara la atención de la salud de las personas beneficiarias con la ley Nº7765, se sigue que el instituto puede recibir el financiamiento allí previsto. Es entendido que deberá darle el destino fijado por el legislador”.

“En consecuencia, la Junta de Protección Social de San José debe depositarle los fondos previstos en la ley Nº 7765, en los términos allí establecidos”, señala la resolución C-403 del 6 de noviembre emitido por la PGR.

La Sala Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Creación del ICCC, por, entre otras razones, la existencia de errores en el procedimiento de elaboración de la ley, la exclusión del control de fiscalización que ejerce la Contraloría General de la República (CGR) sobre el ICCC y la no obligatoriedad de contratar a través de los mecanismos propios de la licitación pública, entre otros.

Desde que salió el fallo de la Sala Constitucional, las autoridades de la JPS optaron por frenar los recursos que se le giraba al ICCC, debido a que había cambiado la situación jurídica de la institución, que a criterio de los jerarcas anteriores, el Instituto dejó de existir tras la resolución de la Sala IV.

Anualmente, la JPS giraba al ICCC la suma de ¢3 mil millones, y en la actualidad la cuenta del Instituto cuenta con $52 millones.

“Nótese que si el Instituto no puede recibir el dinero correspondiente y, por ende, trasladar los recursos a los beneficiarios se podría afectar el derecho de salud de determinados enfermos de cáncer. Por tanto, en la base de la decisión de la Sala, se encuentra el interés en que ese derecho no sufra menoscabo. En concreto, los efectos de la sentencia se difieren para evitar una ‘lesión a la vida o a la salud de los ciudadanos que son atendidos actualmente por el Instituto’”, añade la respuesta del Abogado del Estado.

Sí existe

Consultada al respecto, Marcela Leandro Ulloa, directora ejecutiva del ICCC, comentó que la resolución de la PGR reitera que el Instituto existe, de allí que la JPS debe seguir girando los recursos respectivos.

En este sentido, el ICCC reclama el depósito de $4,5 millones que debe hacer la JPS, proceso que se encuentra en los tribunales correspondientes, por retención indebida de dinero.

“El pronunciamiento de la Procuraduría, que es el Abogado del Estado, ratifica lo que siempre hemos dicho, el Instituto existe, por lo que la ley sigue vigente hasta los tres años estipulados por la Sala Constitucional. La Asamblea Legislativa es la encargada de hacer la nueva ley y estamos trabajando con los diputados en la elaboración de la nueva normativa”.

“Seguimos adelante tal y como lo indica la ley y se usan los recursos como lo determina la ley, no se pueden quitar los fondos al Instituto”, reafirmó Leandro.





 



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