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>>NACIONALESSan José, Costa Rica, Miércoles 1º de abril de 2009, 01:27:27.


• Sobre construcción de centro para acusados con trastornos mentales

CCSS cuestiona a la Sala IV

Krissia Morris Gray
kmorris@prensalibre.co.cr
Foto: Diana Chaves

Eduardo Doryan, presidente ejecutivo de la CCSS, manifestó que el fallo de la Sala IV no procura una atención integral de los acusados con problemas mentales. Lo observa el subgerente de Asuntos jurídicos de la entidad Gilberth Alfaro.
Para las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), los magistrados de la Sala Constitucional se extralimitaron en sus funciones y competencias al obligar a la instancia a que construya un centro especializado para la atención de acusados con problemas mentales, y ante dicha situación, interpusieron varias gestiones a saber un incidente de nulidad, un recurso de adición y aclaración, al tiempo que le solicitan a los magistrados recusarse de resolver las acciones planteadas.

Según se indica en el recurso de adición y aclaración presentado por la CCSS, “al declarar la nulidad absoluta del voto recurrido por adolecer vicios de inconstitucionalidad y al haberse extralimitado la Sala Constitucional en sus competencias, generando con ello un fallo ilegal e improcedente y causante de serios e irreparables daños y perjuicios a la seguridad social costarricense”.

En días recientes, la Sala Constitucional giró instrucciones precisas a la CCSS que debe construir un centro de atención para los acusados de la comisión de delitos penales, pero que tengan problemas mentales y que el mismo tiene que estar listo en un año.

Eduardo Doryan Garrón, presidente ejecutivo de la Caja, aseguró que el fallo de la Sala IV tiene vicios de inconstitucionalidad, pues la resolución roza con la autonomía y gobierno, al dar detalles específicos en funciones que son propias de dicha institución.

Añadió que el fallo de la Sala IV propiciaría el desvío indebido de recursos del Seguro de Salud, pues las características del centro planteado no se parecen en nada a una estructura hospitalaria, con lo que se estaría infringiendo a la Constitución Política que impide virar fondos públicos para propósitos que no le son propios al Seguro de Salud.

“Creemos que la Sala IV hizo un acto inconstitucional aunque sea interpretadora de la Constitución, porque pone tanto a la administración activa como a los propios magistrados (...) estarían desviando recursos del Seguro de Salud para fines que no son estrictos del Seguro de Salud y, por lo tanto consideramos que era necesario e indispensable presentar un conjunto de aclaraciones a la Sala entorno a esto, que es un tema complejo y delicado”, reafirmó Doryan.

Sin claridad

El funcionario mencionó que existen muchos aspectos que no están clarificados, por lo que genera una serie de preocupaciones y dudas que tienen que ser dilucidadas, entre ellas está el hecho de que los acusados con problemas mentales son remitidos, ante la orden de un juez y como medida cautelar, al Hospital Nacional Psiquiátrico sin criterios y dictámenes médicos que respalden la decisión y es dicha autoridad del Poder Judicial la encargada de dar el alta respectivo y no los médicos de la CCSS.

“En este caso tenemos una situación particular que aunque está bajo el cuido de la esfera de la salud, el médico no tiene la última palabra, entonces aquí otra contradicción. Reiterativamente, la Sala IV ha dicho que el médico tratante prácticamente tiene el poder, pero en este caso el médico tratante no tiene ningún poder”, advirtió.

En este sentido, Doryan argumentó que se debe hacer una distribución racional de competencias, por lo que comentó que estaría llamando las autoridades del Ministerio de Justicia, Adaptación Social, el Ministerio de Seguridad Pública, el Consejo de Asuntos Penales del Poder Judicial y el Ministerio de Salud, para hacer una política de Estado en dicha materia.

No son comunes y corrientes

Para Gilberth Alfaro Morales, subgerente jurídico de la CCSS, los acusados son un pacientes que provienen de un proceso judicial y que realizaron un hecho que a fin de cuentas no se le sanciona como un delito, porque es inimputado, pero recalcó que ellos incurrieron en hechos delictuosos.

Alfaro fue claro que otras instancias deben participar del proceso de ayuda al acusado, por no tratarse de casos de falta de atención médica, sino que es un asunto de seguridad ciudadana.

“De manera que esta persona es tamizada a través de un proceso judicial, donde se discute su imputabilidad y Adaptación Social rinde un dictamen que deja claro que es inimputable y que es una persona peligrosa. (...) Hay una dosis de querer proteger a la ciudadanía de este sujeto, porque son peligrosos, de allí que no sea una persona con un problema de atención en salud sino que es un sujeto al que se le deben aplicar medidas de seguridad especiales para que no se dañe a sí mismo, ni a la ciudadanía, por lo que en nuestro punto de vista se trata de un asunto de seguridad ciudadana”, afirmó Alfaro.

La frase

“Creemos que la Sala IV hizo un acto inconstitucional aunque sea interpretadora de la Constitución, porque pone tanto a la administración activa como a los propios magistrados (...) estarían desviando recursos del Seguro de Salud para fines que no son estrictos del Seguro de Salud”. Eduardo Doryan, presidente ejecutivo de la CCSS.





 



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